-Los precios del acero corrugado, cobre, aluminio, petróleo y mezclas bituminosas suben un +56% ≈ + 106% y se mantendrían a lo largo de 2022.

    -A este problema, se une la ausencia de mecanismos de revisión de precios en los contratos de obras públicas y tensiones en la disponibilidad de determinados materiales, lo que pone en peligro el equilibrio económico de los contratos y el cumplimiento de los plazos contractuales de las obras; resolverlo implicaría modificar la Ley de Contratos del Sector Público.

    -Este incremento de los precios no está siendo recogido en los índices oficiales de 2020 publicados por el INE.

 

Madrid, 21 de junio de 2021. SEOPAN, la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras, alerta de que la subida de precios sin precedente en la mayoría de las materias primas básicas de construcción está afectado gravemente a la producción en curso de todas las empresas del sector tanto en el ámbito de la edificación como en obra civil. En este sentido, los registros de evoluciones de precios nacionales e internacionales confirman fuertes incrementos (partiendo del precio mínimo del 2020 con respecto al último dato publicado en 2021) en acero corrugado (+78%), cobre (+102%), aluminio (+56%), petróleo (+106%) y mezclas bituminosas (+85%).

Este problema de inflación, derivado de la reactivación de la demanda mundial tras la crisis sanitaria y de un histórico incremento del precio del transporte internacional marítimo de contenedores – el Drewry World Container Índex de Bloomberg registra en el último año un incremento del 485% en la ruta Shanghái – Rotterdam y del + 293% en el agregado de las 8 rutas euroasiáticas con mayor tráfico de contenedores de 40 pies -. Esta situación coincide además con la puesta en marcha de importantes planes inversores de recuperación en las mayores economías, lo que supondrá un histórico incremento de la demanda global de inversión en construcción e infraestructuras, y en consecuencia, un nuevo factor de presión al alza en los niveles de precios futuros.

Una presión que queda reflejada en la cotización actual de futuros de materias primas de la London Metal Exchange (LME) que anticipa un sostenimiento de los mismos a 15 meses para el acero corrugado y hasta diciembre de 2022 para el cobre y aluminio primario. Hay que señalar también que los índices oficiales de precios de materiales publicados por el INE en el ejercicio 2020 no recogen la evolución real de precios registrada en el mercado en dicho periodo, originando un déficit de 30, 17 y 15 puntos porcentuales con respecto al aumento real de los precios de dichos materiales.

Tal situación coincide con una ausencia de mecanismos de revisión de precios en los contratos de obras públicas, ello debido a la reforma realizada en la Ley de Contratos del Sector Público en 2007 (Ley 30/2007) que transformó dicho procedimiento de obligatorio a discrecional por parte de los órganos de contratación, suponiendo, en la práctica, su casi completa desaparición de los pliegos de contratación. Asimismo, al encarecimiento de precios, se unen tensiones en la disponibilidad de determinados materiales, cuyo suministro por parte de los proveedores está condicionado en muchos casos a la aceptación de unas ofertas de suministro con cláusulas de revisión de precios semanales. Lo anterior, además de poner en peligro el equilibrio económico de los contratos, al tener que afrontar las empresas contratistas incrementos de precios superiores al 100 %, puede poner en riesgo el cumplimiento de los plazos contractuales de las obras.

Resolver este problema requeriría actuar, por un lado y con carácter urgente, en las obras en curso, habilitando una norma especial que, con carácter excepcional, permita resolver esta situación mientras persista la inflación, y, para los nuevos contratos, incorporar, con carácter obligatorio, los mecanismos de revisión de precios recogidos en nuestra regulación en todos los pliegos de contratación, lo que requeriría modificar la Ley de Contratos del Sector Público, así como la revisión del actual procedimiento de determinación de los índices de revisión de precios de contratos de las AAPP.

Además, la Confederación Nacional de la construcción, CNC, también ha advertido que sin revisión de precios desaparece el elemento fundamental para el reequilibrio de los contratos, que no es posible la equivalencia de las prestaciones, que se perjudica a las PYMES y no se puede moderar el principio de riesgo y ventura del contratista, y que se producen variaciones en los precios ajenas a la vida del contrato que no pueden compensarse. Para CNC es necesario hacer reformas normativas, como implantar una revisión de precios automática en los contratos de obra y desvincular la Ley de Desindexación de la Economia española en los contratos de concesión.

Igualmente, la Asociación Nacional de Distribuidores de cerámica y materiales de construcción, (ANDIMAC) ha denunciado que esto puede tener consecuencias muy negativas para el sector comprometiendo tanto la actividad en curso como la futura ejecución de importantes inversiones recogidas en el plan europeo de recuperación, y la Federación Europea de la Construcción (FIEC) ya ha alertado de este asunto a la Comisión Europea, solicitando a los estados miembro la implementación de mecanismos de revisión de precios específicos para los contratos de obras en ejecución.

También Francia está actuando en esta línea, habiéndose reunido el presidente de la patronal francesa Les Travaux Publics con el primer ministro francés para desarrollar una circular que regule transitoriamente la situación de los contratos en ejecución que no incluyan cláusulas de revisión de precios o que las que tengan sean inadecuadas, solicitando la concesión de prorrogas de aquéllos cuya ejecución se vea afectada por dificultades en los suministros de materiales esenciales para la ejecución de las obras.